Abogados especialistas en Incapacidad Permanente en Barcelona

Somos un despacho de abogados especialistas en incapacidades en Barcelona y derecho de la Seguridad Social. Te ofrecemos más de 20 años de experiencia tramitando con éxito procedimientos de incapacidad laboral con un trato personalizado y honesto para que se te reconozca el tipo de incapacidad al que tienes derecho .

Reclama hoy tu incapacidad permanente con un abogado experto.​

opiniones marben abogados

Valoraremos la viabilidad de tu caso de despido para darte una respuesta lo antes posible, informarte de todos los costes que tendrá el proceso y aclarar todas las dudas que nos plantees.

Estudio de viabilidad gratuito


    Como responsables del tratamiento trataremos tus datos con la finalidad de enviarte información y novedades comerciales sobre nuestros servicios. Puedes acceder, rectificar y suprimir tus datos, así como ejercer otros derechos, consultando la información adicional y detallada sobre protección de datos en nuestra Política de Privacidad.


    95%
    casos de éxito

    Nuestra experiencia y enfoque nos dan una tasa de éxito en la que los clientes pueden confiar.​

    +20 años
    de experiencia

    Contamos con más de 20 años de servicios legales y compromiso social ayudando a miles de personas en Barcelona.

    Asesoramiento
    completo

    Una vez aceptado tu caso, te asesoraremos sobre la documentación, los tramites y nosotros gestionamos todo lo necesario.

    Seguimiento
    continuo

    Realizamos un seguimiento continuo del caso, te acompañamos en el proceso y guiamos y aconsejamos para conseguir el mejor resultado para ti.

    Rapidez
    y transparencia

    Todos nuestros tramites son rápidos, claros y muy fáciles de entender. Si algo no entiendes pregúntanos y te lo explicamos.

    ¿Sufres una enfermedad o patología
    que te impide trabajar?

    Somos un despacho de abogados especialistas en incapacidades laborales en Barcelona con más de 20 años de experiencia en la gestión y litigio de procedimientos ante la Seguridad Social y los Juzgados de lo Social. Nuestro equipo, dirigido por Sandra Castro Maçana —directora del área de Seguridad Social—, ha conseguido el reconocimiento de incapacidad permanente para decenas de trabajadores en Barcelona.

    Si no puedes trabajar por enfermedad, lesión o accidente, tienes derecho a una prestación. Te ayudamos a conseguirla, desde la primera solicitud hasta el juicio si fuera necesario.

    Si el INSS ha denegado tu solicitud, tienes solo 30 días hábiles para presentar la reclamación previa. Si ya tienes resolución desfavorable o han pasado 135 días sin respuesta, actúa hoy. 

    Llamarnos al  93 531 30 34  no te compromete a nada.

    ¿Cuándo necesitas un abogado de incapacidades en Barcelona?

    La incapacidad permanente es uno de los procedimientos más complejos del sistema de Seguridad Social español. El INSS deniega sistemáticamente un porcentaje elevado de primeras solicitudes, incluso en casos con derecho claro. Un abogado especialista en incapacidad marca la diferencia en los siguientes escenarios:

    1. El INSS ha denegado tu solicitud de incapacidad permanente. La resolución denegatoria no es el final del camino. Tienes derecho a presentar una reclamación previa en 30 días hábiles y, si persiste la denegación, interponer demanda ante los Juzgados de lo Social de Barcelona. En Marben Abogados analizamos si la denegación fue injusta y construimos la estrategia de reclamación más adecuada para tu caso.
    2. Te han reconocido un grado insuficiente de incapacidad. Frecuentemente el INSS concede un grado de incapacidad inferior al que corresponde (por ejemplo, parcial cuando deberías tener total). También en este caso puedes recurrir la resolución en los mismos plazos.
    3. Quieres solicitar la incapacidad antes de que te lo proponga en INSS. No es obligatorio esperar a que el INSS inicie tu expediente. Puedes solicitar la incapacidad permanente en cualquier momento, aunque lo más habitual es hacerlo al agotar los 545 días de incapacidad temporal (12 meses + prórroga de 6). Te orientamos desde el primer día en todo el procedimiento para conseguir la mejor prestación.
    4. El INSS no ha respondido en 135 días hábiles El silencio administrativo equivale a denegación tácita. Pasado ese plazo sin respuesta, dispones de 30 días hábiles para presentar reclamación previa. Este plazo es fatal: si vence sin actuar, pierdes el derecho a recurrir.

    Si el INSS ha denegado tu solicitud, tienes solo 30 días hábiles para presentar la reclamación previa. Si ya tienes resolución desfavorable o han pasado 135 días sin respuesta, actúa hoy. Llamarnos no te compromete a nada.

    Asesórate con el mejor abogado
    de incapacidad en Barcelona

    Como tu abogado especialista en incapacidades nuestra misión es asegurarte el respaldo legal que necesitas para afrontar de forma tranquila esta situación y obtener una solución justa. Tenemos el mejor equipo de abogados laborales , liderado por Sandra y más de 20 años de experiencia en tramitación y litigios por incapacidades laborales. Con Marben Abogados tu enfermedad no será un problema económico para seguir con tu vida. 

    Llámanos al 93 531 30 34  o contácta y analizamos la viabilidad de tu caso, gratis.

    ¿Qué es la incapacidad permanente
    y qué prestación te corresponde?

    La incapacidad permanente es la situación en que un trabajador, después de un proceso de incapacidad temporal, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves y previsiblemente definitivas que reducen o anulan su capacidad laboral. El grado reconocido por el INSS determina directamente la prestación económica que recibirás de por vida.

    Estos son los cuatro grados con sus prestaciones exactas según la normativa vigente en 2026:

    GradoSituación laboralPrestación económicaNota fiscal
    Incapacidad Permanente Parcial (IPP)Disminución ≥33% del rendimiento habitualPago único: 24 mensualidades de la base reguladoraTributa como rendimiento del trabajo
    Incapacidad Permanente Total (IPT)Inhabilita para la profesión habitual, puede trabajar en otra55% de la base reguladora (75% si tienes más de 55 años — IPT cualificada)Tributa como pensión
    Incapacidad Permanente Absoluta (IPA)Inhabilita para toda profesión u oficio100% de la base reguladoraExenta de IRPF si deriva de contingencia profesional
    Gran Invalidez (GI)IPA + necesita asistencia de otra persona para actos esenciales100% + complemento del 45% al 60% del SMI para el cuidadorExenta de IRPF si deriva de contingencia profesional

    Importante: La base reguladora varía según si tu enfermedad se clasifica como contingencia común (enfermedad no laboral) o contingencia profesional (accidente de trabajo o enfermedad profesional). La contingencia profesional genera siempre prestaciones superiores, y uno de los primeros trabajos del abogado es valorar si tu caso puede calificarse como profesional.

    Enfermedades y patologías más frecuentes
    en los casos que tramitamos en Barcelona

    Estas son las patologías con las que trabajamos con más frecuencia en nuestro despacho de Barcelona. Si padeces alguna de estas enfermedades y llevas tiempo de baja, consulta con nosotros antes de que el INSS emita su resolución:

    Patologías musculoesqueléticas: hernia discal cervical o lumbar · estenosis de canal · escoliosis severa · artritis reumatoide · espondilitis anquilosante · artrosis avanzada de rodilla o cadera · fibromialgia · síndrome de fatiga crónica (EM/SFC)

    Patologías cardiovasculares y respiratorias: insuficiencia cardíaca crónica · EPOC severo · hipertensión pulmonar · apnea del sueño severa con complicaciones

    Patologías oncológicas: cáncer con secuelas funcionales permanentes post-tratamiento · linfomas · leucemias crónicas

    Patologías neurológicas y psiquiátricas: esclerosis múltiple · Parkinson · epilepsia resistente a tratamiento · depresión mayor recurrente con hospitalización · trastorno bipolar · esquizofrenia · daño cerebral adquirido

    Patologías endocrinas y metabólicas: diabetes mellitus con complicaciones graves (retinopatía, nefropatía, amputaciones) · obesidad mórbida con comorbilidades

    La inclusión de una patología en esta lista no garantiza automáticamente el reconocimiento de la incapacidad — el INSS valora la intensidad funcional de cada caso concreto. En Marben Abogados realizamos el estudio de viabilidad previo para determinar las posibilidades reales antes de iniciar el proceso.

    Ver más enfermedades que pueden ocasionar incapacidad permanente

    ¿Tienes derecho a una pensión por incapacidad?
    Te ayudamos a solicitar la Incapacidad permanente

    Te ayudamos a conseguir tu prestación por incapacidad permanente si tienes una enfermedad o lesión que te impide trabajar

    En Marben Abogados, sabemos que enfrentarse a una incapacidad laboral, sea temporal o permanente,  puede ser una experiencia larga, abrumadora y estresante. 

    Nuestro equipo de abogados expertos en incapacidades laborales en Barcelona está aquí para asesorarte a través de cada etapa del proceso legal, asegurando que recibas la atención y la justicia que mereces.

    A continuación, te explicamos cómo trabajamos para ayudarte a conseguir los mejores resultados posibles.

    1

    Cuéntanos sobre
    tu incapacidad

    ¿Enfermedad, patología, lesión? Facilitamos tu primer paso hacia la justicia. Solo necesitas proporcionarnos los detalles de tu situación para una evaluación inicial. En Marben Abogados, comenzar es rápido y sin complicaciones, con un equipo de abogados especialistas  en incapacidades listo para escucharte.

    2

    Analizamos
    tu caso a fondo

    Una vez que compartas tu experiencia, nuestro equipo especializado en incapacidades realiza un análisis exhaustivo para comprender cada aspecto de tu caso. Nos comprometemos a investigar profundamente tu reclamación, asegurando que cada paso que tomemos esté bien informado y sea estratégicamente sólido.

    3

    Defendemos
    tus derechos

    Al asumir tu caso, nos dedicamos enteramente a luchar por tus derechos. Empleando nuestra amplia experiencia y recursos, trabajamos incansablemente para alcanzar la justicia y lograr los mejores resultados posibles para ti. Esta etapa refleja nuestro compromiso absoluto con tu recuperación y estabilidad legal y personal.

    Requisitos de cotización

    Para acceder a la incapacidad permanente en el régimen general, la Seguridad Social exige un periodo mínimo de cotización que varía según tu edad y el grado solicitado:

    Incapacidad Permanente derivada de accidente no laboral o enfermedad común:

    • Menores de 31 años: un tercio del tiempo transcurrido desde los 16 años hasta la fecha de la incapacidad
    • Entre 31 y 39 años: mínimo 5 años cotizados, de los cuales al menos 3 deben ser en los últimos 10 años
    • 40 años o más: mínimo 6 años cotizados en los últimos 12 años inmediatamente anteriores

    Incapacidad Permanente derivada de accidente laboral o enfermedad profesional: No se exige periodo mínimo de cotización. Basta con estar dado de alta en la Seguridad Social en el momento del accidente o diagnóstico.

    Autónomos (RETA): Los trabajadores por cuenta propia pueden acceder a la incapacidad permanente siempre que estén al corriente de pago de sus cuotas y acrediten los mismos periodos de cotización, aunque la base reguladora se calcula de forma diferente y suele ser inferior a la de un trabajador por cuenta ajena.

    Si no cumples los requisitos contributivos, existe la incapacidad permanente no contributiva (IMSERSO), cuya tramitación también gestionamos.

    bcn
    bcn

    Servicios especializados en Incapacidad Permanente y Seguridad Social en Barcelona

    Somos uno de los mejores bufetes de abogados laboralistas en Barcelona y te ofrecemos soluciones legales con una alta tasa de éxito para conseguir el reconocimiento de incapacidad permanente.

    Nuestro equipo de abogados expertos y peritos te ayuda en cada paso de este complejo proceso ante la Seguridad Social asegurando que recibas la atención y la compensación que mereces.

    Solicita tu visita ahora en el 93 531 30 34 

    Evaluación médica e informes

    Colaboramos estrechamente con profesionales médicos para asegurar que tu situación sea evaluada de manera completa, obteniendo informes detallados que respalden tu caso.

    Solicitud y Tramitación de Incapacidad

    Te asistimos en la preparación y tramitación de todos los documentos necesarios, simplificando el proceso y evitando demoras o errores comunes.

    Apelación por Denegación

    Si tu solicitud inicial es denegada, te ofrecemos asesoramiento experto y representación legal para apelar la decisión, buscando revertirla a tu favor.

    Demandas

    En casos donde es necesario llevar la disputa a un nivel superior, nuestro equipo legal está preparado para representarte frente a la Seguridad Social, Tesorería, mutuas o incluso tu empresa, luchando por tus derechos.

    Revisión de Incapacidad y Alegaciones

    Si tu grado de incapacidad necesita revisión o si hay alegaciones que presentar, te apoyamos en cada paso, garantizando que tu caso sea presentado con la mayor eficacia.

    Solicitud de Baja Laboral

    Te guiamos en el proceso de solicitar la baja laboral, asegurando que comprendas tus derechos y opciones disponibles desde el inicio.

    Indemnizaciones

    En casos donde es necesario llevar la disputa a un nivel superior, nuestro equipo legal está preparado para representarte frente a la Seguridad Social, Tesorería, mutuas o incluso tu empresa, luchando por tus derechos.

    Solicitud de Baja Laboral

    Ayudamos a determinar si tu enfermedad o patología califica como contingencia profesional o común, asegurando que tu reclamación se maneje correctamente y maximice tus beneficios.

    Pago directo

    Nos encargamos del pago directo de la Seguridad Social de tus prestaciones por incapacidad, garantizando una gestión eficiente y sin estrés para que puedas concentrarte en tu recuperación.

    Nuestro equipo experto en Incapacidades Laborales

    Nos enorgullece haber ayudado a muchas personas a obtener la justicia y los beneficios que merecen. Aquí compartimos algunas experiencias de nuestros clientes satisfechos, quienes confiaron en nosotros para sus casos de incapacidades laborales.

    Foto JM 43

    Daniel Martínez Benito

    Fundador
    Abogado y fundador de Marben Abogados con más de 15 años de experiencia.
    Foto JM 44

    Alejandro Jover Antoniles

    SOCIO
    Abogado laboralista con más de 15 años de experiencia en el sector de la abogacía.
    Foto JM 32

    Sandra Castro Maçana

    ABOGADA
    Abogada especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social y directora del área de Seguridad Social de Marben Abogados.

    Lo que dicen de nosotros

    ¿Tienes derecho a una pensión?

    Te ayudamos a solicitar la Incapacidad permanente en Barcelona

    ¿Por qué Marben Abogados
    para tu caso de incapacidad en Barcelona?

    • Especialización real. No somos un despacho generalista que también lleva incapacidades: el 70% de nuestra actividad como abogados en Barcelona son procedimientos de Seguridad Social. 
    • Sandra Castro Maçana, directora del área de Seguridad Social e Incapacidades de Marben Abogados y la abogada responsable de todos los procedimientos de incapacidad permanente que tramitamos en Barcelona. Con más de 10 años de dedicación exclusiva a los procedimientos ante el INSS y los Juzgados de lo Social de Barcelona, ha tramitado centenares de expedientes en todos los grados de incapacidad y para todo tipo de patologías, desde fibromialgia y patología psiquiátrica hasta esclerosis múltiple, oncología y daño cerebral adquirido.

    • 95% de casos ganados. No es un eslogan, es el resultado de seleccionar cuidadosamente los casos en el estudio de viabilidad previo y de llegar al juicio con el expediente mejor preparado que el de la Administración.
    • Peritos médicos propios. Para los casos complejos trabajamos con médicos especialistas que conocen los criterios del EVI de Barcelona y saben cómo redactar un informe pericial que rebate punto por punto el dictamen del INSS.
    • El estudio de viabilidad es gratuito. Te informamos de los honorarios con total transparencia antes de comenzar, y en muchos casos estructuramos los honorarios en función del resultado obtenido.
    • Gestión 100% presencial o por videollamada. Despacho en el Eixample (Pau Clarís 149, 3º 2ª). Para clientes con movilidad reducida ofrecemos atención completa por videollamada sin que tengas que desplazarte.

    Preguntas frecuentes sobre incapacidad laboral

    El procedimiento de incapacidad permanente es largo y tiene plazos que no pueden incumplirse. Esta es la secuencia completa con los tiempos reales en Barcelona:

    Paso 1 — Estudio de viabilidad previo (Marben Abogados) Analizamos tu historial médico, tus informes clínicos y tu situación laboral para determinar el grado de incapacidad que tienes posibilidades de obtener y la estrategia óptima. Este análisis es gratuito.

    Paso 2 — Periodo de incapacidad temporal (IT) La IT tiene una duración máxima de 12 meses prorrogables a 18. Cuando se agota, el INSS puede declararte en alta forzosa, prorrogar la IT hasta los 24 meses si considera que puedes recuperarte, o iniciar el expediente de incapacidad permanente.

    Paso 3 — Solicitud de incapacidad permanente ante el INSS Barcelona La solicitud se presenta en la Dirección Provincial del INSS en Barcelona (Av. de la Granvia de les Corts Catalanes 985, 08018 Barcelona). Gestionamos toda la documentación: formularios, informes médicos, historia laboral e informe de la empresa.

    Paso 4 — Reconocimiento médico ante el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) El EVI de Barcelona realiza un reconocimiento médico al solicitante y emite un dictamen sobre el grado de incapacidad. Este dictamen no es vinculante para el INSS pero tiene un peso decisivo en la resolución. En Marben Abogados preparamos al cliente para este reconocimiento y, en casos complejos, aportamos informes de médicos peritos que contrastan el dictamen del EVI.

    Paso 5 — Resolución del INSS El INSS tiene un plazo máximo de 135 días hábiles para resolver desde que se inicia el expediente. En la práctica, en Barcelona los tiempos oscilan entre 4 y 8 meses. La resolución puede reconocer el grado solicitado, un grado inferior, o denegar la incapacidad.

    Paso 6 — Reclamación previa (si deniegan o dan grado inferior) Tienes 30 días hábiles desde la notificación para presentar la reclamación previa ante el INSS. Es obligatoria antes de ir al juzgado. El INSS tiene 45 días hábiles para responder. Si no responde, se entiende desestimada por silencio administrativo.

    Paso 7 — Demanda ante el Juzgado de lo Social de Barcelona Si la reclamación previa es denegada o el INSS no responde, tienes 30 días hábiles para presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social de Barcelona (C/ Pallars 95-101, 08018 Barcelona). En el juicio oral presentamos el informe médico pericial y la prueba documental. Los plazos actuales en Barcelona desde la demanda hasta la sentencia oscilan entre 8 y 14 meses.

    Paso 8 — Recurso de suplicación ante el TSJC (si es necesario) Si la sentencia del Juzgado de lo Social es desfavorable, podemos recurrir ante la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (C/ Passeig de Lluís Companys 14-16, 08003 Barcelona). Plazo adicional: 12-18 meses.

    El plazo legal máximo es de 135 días hábiles desde el inicio del expediente. En la práctica, en la Dirección Provincial del INSS de Barcelona (Av. Granvia de les Corts Catalanes 985) los tiempos reales oscilan entre 4 y 8 meses. Si el INSS supera ese plazo sin resolver, la solicitud se entiende denegada por silencio administrativo, lo que abre la vía de la reclamación previa.

    Para tramitar tu incapacidad, es crucial contar con una serie de documentos que respalden tu solicitud. Necesitarás presentar informes médicos detallados que describan tu enfermedad o lesión, incluyendo diagnósticos, tratamientos recibidos y evolución de tu condición.

    También debes incluir el historial clínico y certificados médicos oficiales que acrediten tu incapacidad laboral. Además, es fundamental tener tu identificación personal (DNI o NIE), los informes de alta y baja médica, y cualquier documentación adicional que pueda acreditar la relación entre tu trabajo y la incapacidad, como informes de riesgos laborales.

    En Marben Abogados, te asesoramos y ayudamos a recopilar toda la documentación necesaria para tramitar tu incapacidad de manera eficaz y sin errores, maximizando tus posibilidades de éxito en la solicitud.

    La denegación no es el final del proceso: es el inicio de la parte donde un abogado especialista marca la diferencia. Estas son las razones de denegación más habituales y cómo las combatimos:

    Motivo 1.  «Las lesiones no son suficientemente limitantes» El EVI valora las limitaciones funcionales de forma estándar y a menudo sin considerar el impacto combinado de varias patologías. Combatimos este motivo con informes de médicos peritos especialistas que cuantifican las limitaciones reales para el trabajo habitual del cliente.

    Motivo 2. «No acredita los períodos mínimos de cotización» Revisamos en detalle el historial de cotización, incluyendo periodos en el extranjero (convenios bilaterales de la Seguridad Social), cotizaciones como autónomo y asimilados. En muchos casos hay cotizaciones no computadas que corrigen el cálculo.

    Motivo 3. «La situación es revisable (alta médica y vuelta al trabajo).  Cuando el INSS emite alta por curación y el trabajador considera que no puede volver, podemos impugnar el alta médica simultáneamente. Es un procedimiento diferente pero complementario al de incapacidad permanente.

    Motivo 4. «No está en situación de alta o asimilada al alta» Situaciones especiales (trabajadores sin contrato, periodos de desempleo, excedencias) pueden generar dudas sobre el cumplimiento del requisito de alta. Las analizamos caso por caso.

    Tienes 30 días hábiles para presentar la reclamación previa solicitando el grado superior. Si el INSS la desestima (o no responde en 45 días), podemos interponer demanda ante el Juzgado de lo Social de Barcelona. Los juicios de revisión de grado tienen una tasa de éxito elevada cuando el expediente médico está bien documentado.

    Si el juicio te es favorable, la prestación se devenga desde la fecha de la solicitud inicial, no desde la sentencia. Esto significa que, en un procedimiento que ha durado 18 meses, el INSS te debe pagar todos los atrasos desde el mes de la solicitud hasta la fecha de la sentencia, más la pensión mensual de por vida. Para una trabajadora de 48 años con IPT y base reguladora de 1.800 €/mes: 55% = 990 €/mes de pensión vitalicia + atrasos de 18 meses = más de 17.000 € de atrasos en el momento de la sentencia.

    Sí. La IPT te inhabilita para tu profesión habitual pero no para cualquier trabajo. Puedes trabajar en otra profesión y cobrar simultáneamente el 55% de tu base reguladora. A partir de los 55 años, la IPT cualificada sube al 75% de la base reguladora. En cambio, la IPA (absoluta) y la Gran Invalidez son incompatibles con cualquier actividad laboral remunerada.

    Sí. Los autónomos afiliados al RETA pueden solicitar la incapacidad permanente con los mismos criterios de elegibilidad que un trabajador por cuenta ajena, siempre que estén al corriente de pago de sus cuotas. La diferencia principal está en la base reguladora, que en el caso de los autónomos suele ser inferior por las bases de cotización elegidas durante su vida laboral. Sandra Castro está especializada en casos de incapacidad para autónomos.

    Si tu incapacidad temporal comienza mientras cobras la prestación por desempleo, el subsidio se suspende y pasas a cobrar la IT de la Seguridad Social. El periodo de desempleo consumido antes de la IT puede recuperarse íntegramente cuando se extingue la situación de incapacidad. Si durante ese periodo se inicia el expediente de incapacidad permanente, el derecho al desempleo se reanuda en las condiciones que tenías. Es una situación compleja que requiere asesoramiento específico.

    La incapacidad laboral es una situación en la que un trabajador no puede desempeñar su actividad laboral habitual debido a una enfermedad o lesión. Esta incapacidad puede ser temporal o permanente, y puede afectar parcial o totalmente la capacidad del trabajador para realizar su trabajo.

    Ver Valoración de incapacidades laborales: Guía

    En Marben Abogados, estamos especializados en gestionar casos de solicitud de incapacidades laborales y reclamaciones ante la Seguridad Social, ayudando a los trabajadores a obtener el reconocimiento, las prestaciones y beneficios a los que les dan derecho.

    Existen varios tipos de incapacidades laborales, cada una con sus propias características y requisitos:

    1. Incapacidad Temporal: Es una situación en la que el trabajador está impedido de realizar su trabajo por un período de tiempo determinado debido a una enfermedad o lesión. Esta incapacidad suele requerir un tratamiento médico y se espera que el trabajador se recupere.

    2. Incapacidad Permanente Parcial: Se refiere a la disminución de la capacidad del trabajador para realizar su trabajo habitual, aunque aún puede desempeñar otras funciones laborales. Esta incapacidad es reconocida cuando la reducción de la capacidad laboral es superior al 33% pero inferior al 65%.

    3. Incapacidad Permanente Total: En esta situación, el trabajador no puede realizar su trabajo habitual debido a una enfermedad o lesión, pero puede desempeñar otra actividad laboral distinta. Esta incapacidad es reconocida cuando la reducción de la capacidad laboral es igual o superior al 65% pero inferior al 100%.

    4. Incapacidad Permanente Absoluta: Es la situación en la que el trabajador no puede realizar ningún tipo de trabajo debido a una enfermedad o lesión. La incapacidad permanente absoluta implica una reducción de la capacidad laboral del 100%.

    5. Gran Invalidez: Es el grado más alto de incapacidad laboral, donde el trabajador necesita la asistencia de otra persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria. Esta situación se da cuando la incapacidad permanente absoluta se agrava con la necesidad de ayuda constante.

    Son conceptos diferentes de ámbitos distintos. La incapacidad permanente es una prestación económica de la Seguridad Social que compensa la pérdida de capacidad laboral. La discapacidad (reconocida por el IMSERSO o la Generalitat de Catalunya) es un reconocimiento administrativo que da acceso a beneficios fiscales, adaptaciones en el puesto de trabajo y ayudas sociales. Pueden coexistir y tramitarse de forma simultánea; nosotros gestionamos ambas.

    Ver Diferencias entre Incapacidad Permanente y Discapacidad: Conceptos, grados y beneficios

    Quiero más información
    Privacidad

    Este sitio web utiliza cookies para ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones como reconocerte cuando vuelves a nuestro sitio web y ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones del sitio web te resultan más interesantes y útiles.

    Cookies estrictamente necesarias

    Las cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.

    Analítica

    Esta web utiliza Google Analytics para recopilar información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares.

    Dejar esta cookie activa nos permite mejorar nuestra web.